Algunas claves del programa ‘Alquilámoste’

Presentado en rueda de prensa el pasado 3 de noviembre, el programa ‘Alquilámoste’ se apoya en dos pilares fundamentales. Por una parte, quiere ayudar a los propietarios que desean poner en alquiler viviendas vacías con total seguridad y garantías. Y por otro lado, facilita el acceso al alquiler a personas y familias con ingresos medios o moderados.

Algunos puntos a destacar del programa ‘Alquilámoste’ son:

¿Qué es exactamente el programa ‘Alquilámoste’?

Es un programa autonómico del Principado de Asturias que busca movilizar viviendas privadas vacías para ponerlas en el mercado del alquiler. Los propietarios ceden su vivienda en usufructo temporal a la Administración, que les garantiza un canon mensual fijo y la devolución del inmueble en buen estado.

¿Durante cuánto tiempo se cede la vivienda?

Hasta un máximo de siete años y cuatro meses. Finalizado ese plazo, VIPASA devuelve la vivienda en las condiciones pactadas.

¿Qué tipo de viviendas pueden incorporarse al programa?

Viviendas nuevas o usadas, vacías, inscritas en el Registro de la Propiedad y dadas de alta en el Catastro, que no estén sometidas a ningún régimen de protección pública y situadas preferentemente en núcleos urbanos y que cumplan las condiciones de habitabilidad y equipamiento (baño, cocina, calefacción, electricidad, etc.).

¿Quién puede acceder a una vivienda del programa ‘Alquilámoste’?

Personas físicas o unidades de convivencia con ingresos entre 2 y 7,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), calculado en 14 pagas (entre 16.800 y 63.000 euros).

¿Qué pasos debe seguir un propietario para participar?

Presentar una solicitud de incorporación dentro de la convocatoria abierta y permanente del programa, utilizando el modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias.

La solicitud puede presentarse:

Preferentemente en formato electrónico, a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.

En formato presencial, en cualquiera de los siguientes lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015:

  • En las oficinas de registro del Principado de Asturias, de sus organismos públicos o de los Ayuntamientos.
  • En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.
  • En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero, si el propietario reside fuera del territorio nacional.
  • En cualquier otro registro electrónico o presencial de la Administración General del Estado, de otra comunidad autónoma o de una entidad local.

VIPASA prestará asistencia técnica e informativa para ayudar a los propietarios en la presentación de solicitudes, especialmente en el uso de medios electrónicos.

¿Y cómo se solicita una vivienda?

El acceso a una vivienda del programa ‘Alquilámoste’ se realiza mediante convocatoria pública, abierta y permanente, dictada por la Consejería competente en materia de vivienda.

La solicitud puede presentarse:

Preferentemente en formato electrónico, a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.

  • En las oficinas de registro del Principado de Asturias, de sus organismos públicos o de los Ayuntamientos.
  • En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.
  • En las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero, si el propietario reside fuera del territorio nacional.
  • En cualquier otro registro electrónico o presencial de la Administración General del Estado, de otra comunidad aautónoma o de una entidad local.

Las personas solicitantes deberán aportar la documentación acreditativa de ingresos y demás requisitos (como declaraciones del IRPF, nóminas o certificados de pensiones). VIPASA prestará asistencia técnica e informativa para ayudar a los propietarios en la presentación de solicitudes, especialmente en el uso de medios electrónicos.

Si cumplen las condiciones establecidas en el Decreto, serán incorporadas al programa y pasarán a formar parte de la lista de admitidos, ordenada por fecha de solicitud. Esta lista se mantiene actualizada y publicada en la web del programa ‘Alquilámoste’, donde puede consultarse el estado de las solicitudes.

¿Qué tratamiento fiscal tiene el programa para el propietario?

La cesión de la vivienda al programa «Alquilámoste» puede beneficiarse de ventajas fiscales. Según la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, los rendimientos obtenidos por la cesión a programas públicos de alquiler pueden disfrutar de una reducción del 70 % en el IRPF. Durante la cesión, el IBI lo abona VIPASA, como usufructuaria. En conjunto, el programa combina seguridad, rentabilidad y beneficios fiscales para los propietarios colaboradores, contribuyendo al mismo tiempo a ampliar la oferta de alquiler asequible en Asturias.

Puedes consultar las restantes el resto de claves en el siguiente enlace.